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NOMOCANON (νομοκανών)

Por: Alberto Meouchi-Olivares

El Nomocanon es un término que se refiere a una colección de derecho eclesiástico compuesta con elementos del derecho civil (νόμοι, nomoi) y del derecho canónico (κανόνες, cánones). Esta colección de cánones y leyes, leyes litúrgicas y cortos tratados teológicos –referentes a cuestiones trinitarias y cristólógicas– están escritos en y fue traducido al árabe en 1059 por el obispo maronita David con el título كتابا لھدی (Kitab al-Huda, “libro para guíar”).

Los Nomocanones en sus múltiples redacciones sirvieron como texto legal en las iglesias orientales hasta el siglo XVIII, aunque en la Iglesia Maronita sigue vigente en algunos asuntos donde se requiere la intervención del patriarca maronita para asuntos no solo de orden eclesiástico, sino también en cuestiones civiles de orden nacional en el Líbano.

A lo largo de la historia se desarrollaron diversos Nomocánones que dieron lugar, como fuentes o como inspiración, a distintos códigos de derecho canónico en las iglesias orientales, incluyendo el Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium promulgado por san Juan Pablo II en 1990.

A mitad del siglo VI apareció, en sentido estricto, el primer Nomocanon (ca. 550) donde se interpolaron algunos cánones con leyes civiles. Este documento se le atribuye a Juan el Escolástico († 577), llamado a sí por ser miembro de la Escuela de los Abogados, quien fue un sacerdote de Antioquía que ascendió a patriarca de Constantinopla (fl. como Juan III del ca. 565 al 577) en tiempos de Teodosio. En un primer momento realizó una colección puramente canónica, agrupando los cánones en 50 títulos, colección compuesta de 85 cánones apostólicos, 20 cánones nicenos, 25 cánones anciranos, 14 cánones neocesarienses, 21 cánones sardineneses, 20 cánones gangrenses, 25 cánones antioquenos, 59 cánones laodicenos, 6 cánones constantinopolitanos, 8 cánones efesinos, 27 cánones calcedonenses y 78 cánones sacados de las epístolas de san Basilio. Después, adaptó esta colección con leyes civiles y la llamó, literalmente, Nomocanon (ca. 550). Este primer Nomocanon lo dividió también en 50 títulos, ordenados por materia, con la introducción de textos imperiales tomados, casi todos, de 87 Novallæ Leges de Justiniano (534-565)

En el siglo VII, durante el reinado del emperador Heraclio (610-641) apareció el segundo Nomocanon. Fue redactado en latín, pues este idioma reemplazó al idioma griego como lengua oficial para las leyes imperiales. Fue organizado en 14 títulos, por lo que se le conoce como el Nomocanon de los 14 títulos.

En el siglo IX, hacia el año 883, Focio (ca. 820–891), patriarca de Constantinopla, compiló cronológicamente los cánones de los concilios, e hizo una revisión del Nomocanon de los 14 títulos; y preparó, con ello, una colección divida en dos apartados que se conoce como el Nomocanon de Focio, el cual se convirtió en una de las fuentes clásicas de las iglesias griegas. Esta colección es básicamente el Nomocanon de los 14 títulos con la adición de 102 cánones del concilio de Trullano o Quinisextum (691-692), 17 cánones del concilio Fociano de Constantinopla (861), y 3 cánones modificados por el mismo Focio del VIII concilio de Constantinopla (869-870). Esta colección contó con un Comentario de Teodoro Balsamón (ca. 1170), patriarca ortodoxo griego de Antioquía residente en Constantinopla. Con este Comentario se convirtió el Nomocanon de Focio en el Pedálion (πηδάλιον, “timón” en griego), es decir, en una especie de Corpus Iuris para la iglesia ortodoxa griega oriental. El Pedálion fue impreso en el año 1800 por el patriarca Néofitos VII de Constantinopla (patriarca en dos ocasiones: del 1789-1794 y del 1798-1801).

Una adaptación eslava de éste fueron los Nomocánones Bizantinos (1219) bajo el título de Kormchaya Kniga (i.e. Libro del Timonel), colección compilada por Sava (ca. 1175 - ca. 1236) , el primer arzobispo de Serbia (1219-1233), que fue adoptado por todas las iglesias ortodoxas eslavas.

La Iglesia Maronita, aunque ajena al Nomocanon de Focio, el Pedálion y el Kormchaya Kniga, basaron algunas de sus directrices nomocanónicas en las fuentes de estos (el Nomocanon de Juan el Escolástico y el Nomocanon de los 14 títulos), por lo que en algunas directrices pudiera haber coincidencias. Sin embargo, lo maronitas conservaron el concepto del Nomocanon más en tradición oral que por escrito, debido a que fueron víctimas del martirio y de la persecución constantes, donde, o no se daban las condiciones para escribirlos o, si se escribieron, fueron destruidos. Pero en todo caso, los maronitas –en lo eclesiástico y en lo civil– se arroparon siempre en la autoridad de su patriarca, por lo que se gobernaron con nomocánones.

Bibliografía:

BOUDINHON, Auguste. «Nomocanon» en HERBERMANN, Charles G. y otros (eds.), The Catholic Encyclopedia, Vol. XI, New York: Robert Appleton Company, 1911; FAHED, Pierre, Kitab al-Huda, ou Livre de la Direction: Code Maronite du Haut Moyen Age. Traduction du Syriaque en Arabe par l’Evêque Maronite David, l’an 1059, USA: Gorgias Press, 2011.

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Cómo Citar:

Meouchi-Olivares, A. (2019). Diccionario Enciclopedico Maronita. iCharbel-Editorial.

Sitio web: https://www.maronitas.org

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